Nuestro paquete de inspecciones y pruebas periódicas de los equipos a presión para garantizar las condiciones técnicas y de seguridad necesarias para su funcionamiento.
Todos los equipos deben clasificarse atendiendo a las categorías indicadas en el artículo 9 del RD 769/1999 (BOE 31-5-1999) que transpone la directiva 2014/68/UE sobre equipos a presión.
Los equipos a presión que trabajan con aire comprimido (gas no peligroso) se identifican con el número 2. Se multiplica el Volumen (V) en litros del equipo, por la presión máxima (Ps) en bar, a la que puede trabajar el equipo.
De esta operación se obtienen las siguientes categorías:
Todos los equipos a presión o asimilados a las categorías I a IV deben someterse a inspecciones y pruebas periódicas que garanticen un doble mantenimiento:
Los siguientes agentes son los únicos que pueden realizar las operaciones de inspección:
Las inspecciones de equipos a presión son de tres niveles:
Nivel A: Inspección en Servicio. Consistirá en una:
Nivel B: Inspección fuera de servicio. Consistirá en una:
Nivel C: Inspección fuera de servicio. Consistirá en una: